El año 2023 ha comenzado con la publicación en el BOE del Real Decreto-ley de mejora de la protección social de artistas, lo que se ha dado a conocer de forma popular como el Estatuto del Artista y que será clave para el desarrollo profesional de estos profesionales.
Se trata de una reivindicación histórica que es realmente necesaria para contar con un avance en los derechos de los artistas que haga posible reforzar y mejorar la cultura de España. Ayudando a la situación laboral de miles de personas que se dedican de forma profesional a este sector.
Hoy vamos a conocer mejor cómo afectarán estos cambios a los artistas y qué mejoras sociales les proporcionará este nuevo Estatuto del Artista.

¿Qué es el Estatuto del Artista?
El Estatuto de Artista es un conjunto de medidas en cuestiones laborales, tributarias, y de Seguridad Social. Tiene el objetivo la dignificación de la situación profesional de creadores, artistas y otro tipo de trabajadores culturales.
Se trata de una propuesta que ayude a mejorar la vida de todas aquellas personas que se dedican de forma profesional al mundo de la cultura.
La creación del estatuto responde a la necesidad de solventar todas aquellas cuestiones sociales que ponen al sector en una situación peligrosa frente al resto de trabajadores. Estas están relacionadas en su mayoría con la dificultad de contar con empleo fijo o en un lugar determinado.
El objetivo principal del nuevo Estatuto del Artista es reformular el actual régimen de contratación para hacer compatible la flexibilidad laboral con el abuso, en muchas ocasiones, de la temporalidad de los contratos.
¿Quiénes se benefician del Estatuto del Artista?
Son muchas las profesiones que giran alrededor de la creación artística y que pueden heredar la precariedad laboral asociada a la discontinuidad y la intermitencia laboral. Es importante entender que no solo estamos hablando de pintores, escultores, músicos o directores de cine.
Así pues, además de los artistas que tenemos en la cabeza, el Estatuto del Artista beneficia a otras profesiones técnicas que son necesarias para la creación artística y cultural. Creadores, intérpretes y técnicos.
Esta nueva normativa se extiende, por lo tanto, a trabajadores de las artes escénicas, audiovisuales y musicales.

Principales novedades del Nuevo Estatuto del Artista
Son varias las novedades que aporta este nuevo Estatuto de Artistas. Sin embargo, a continuación, vamos a analizar aquellas que consideramos más relevantes para las mejoras sociales de los trabajadores del mundo de la cultura.
Mejoras en la jubilación
Una de las principales mejoras en la jubilación es la compatibilidad de la jubilación con los ingresos que estén derivados del trabajo que se ha realizado en cuestiones creativas y artísticas.
Esta nueva norma incluye la compatibilidad de la pensión de jubilación contributiva con la continuación del ejercicio de la actividad artística y de creativa. De esta forma, aquellas personas que se dediquen a esta cuestión de forma profesional podrán recibir ingresos más allá de lo que hasta ahora estaba previsto, como es el caso de los derechos de propiedad intelectual.
De esta forma, una persona jubilada que esté percibiendo su pensión podrá recibir dinero por actividades relacionadas con su actividad artística como ofrecer conferencias o presentar libros.
Por otro lado, también se garantiza la compatibilidad de las prestaciones no contributivas con los rendimientos de actividades artísticos que pudieran llegar a superar el umbral del salario mínimo interprofesional.
Creación de una prestación por desempleo
De la misma forma, también se ha añadido la posibilidad de recibir una prestación especial por desempleo que esté sujeta a menos requisitos. Por fin, cuenta con que el sector es extremadamente intermitente.
Esta novedad introduce por primera vez la prestación especial por desempleo de trabajadores que estén sujetos a la relación laboral especial de artistas. Personas que desarrollen su actividad en torno a las artes escénicas, audiovisuales y musicales. Sin olvidar a aquellos profesionales que se encarguen de actividades de carácter técnico o auxiliar.
Es importante resaltar que, debido a la intermitencia de la actividad artística, hasta ahora, las personas que se dedicaban de forma profesional a este sector contaban con muy poca estabilidad que muchas veces limitaba a sus ingresos al pago que podían recibir de los derechos de propiedad intelectual o de imagen. Gracias al cambio en la normativa, los artistas podrán recibir una prestación por desempleo que es totalmente compatible con los ingresos ya mencionados relacionados con sus derechos.
Requisitos
Para poder acceder a esta nueva ventaja social, será necesario cumplir ciertos requisitos:
- Encontrarse en situación legal de desempleo y contar con 60 días cotizados por prestación real de servicios en una actividad artística en los últimos 18 meses. De la misma manera, se deberá acreditar que se ha estado de alta en la Seguridad Social durante 180 días (hasta ahora eran necesarios 360 días) y que no se hayan tenido en cuenta para el reconocimiento de una prestación previa.
- A su vez, la persona que solicite la prestación, no deberá tener derecho a una prestación contributiva ordinaria, aunque, podría recibirla en caso de que la nueva prestación pudiera ser más beneficiosa que la que está actualmente recibiendo.
Para la prestación se ha establecido una duración de cuatro meses y se puede pedir una vez al año. La cantidad por recibir oscilará entre los 480 euros y los 600 dependiendo de la cotización del artista.
Mejoras para artistas con ingresos bajos
En caso de que el artista cuente con ingresos bajos y esté integrado en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, contará con una mejora de su protección social.
En la situación de que estemos hablando de autónomos con ingresos por debajo de los 3.000 euros anuales. Se ha establecido una base de cotización mensual reducida que se fija en 526,14 euros mensuales. Si bien es cierto, esta base se podrá modificar a través de los Presupuestos Generales del Estado.
De la misma forma, se pone sobre la mesa la posibilidad de que el ingreso de las cuotas deje de ser mensual y se convierta en trimestral. Que se ofrezca la oportunidad de adaptarse a los pagos de su actividad.
Nuevas comisiones
El nuevo Estatuto del Artista incluye, también, la creación de nuevas comisiones o grupos de trabajo interministeriales.
Esta mejora impulsará la existencia de un grupo de trabajo que se dedique al estudio y se encargue de impulsar medidas de reconocimiento de la intermitencia laboral a la que están sometidos los profesionales del sector del arte.
A su vez, se creará una comisión que impulse la evaluación y el reconocimiento de determinadas enfermedades laborales asociadas a este sector.

La actual contratación de artistas
Desde hace aproximadamente un año, el Consejo de Ministros aprobaba un nuevo régimen de contratación laboral de personas del sector artístico. Sin embargo, el nuevo Estatuto del Artista recoge la modalidad de una nueva forma, el contrato laboral artístico.
Gracias a esta novedad se moderniza y se amplía el concepto de actividad artística, adaptándolo a las nuevas necesidades del mercado e incluyendo a aquellas personas que se dedican a la creación en el entorno web, el streaming y el podcast.
Este nuevo régimen de contratación incluye el incremento del régimen indemnizatorio por despido a 20 días cuando la duración del contrato supere los 18 meses.
¿Cuándo entrará en vigor el nuevo Estatuto del Artista?
Las fechas estimadas para la puesta en marcha de los beneficios serán diferentes para las diferentes mejoras. Mientras que en algunas de ellas como las que tienen que ver con la jubilación de los artistas se establece la fecha de inicio en el 1 de abril, para otras cuestiones como la prestación para artistas estaríamos hablando del 1 de julio.
¿Dónde puedo consultar toda la normativa?
Ya hemos ahondado en algunos de los puntos más importantes del desarrollo de este nuevo Estatuto del Artista. Sin embargo, el Ministerio de Cultura y Deporte del Gobierno de España cuenta con una plataforma que recoge todas las novedades y cuestiones alrededor de esta normativa y que se pueden consultar de forma completa en la web oficial del Ministerio.